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A finales del año 2003, desde el sindicato se hizo frente a un conflicto laboral generado en la empresa EXTRUPERFIL. El origen del conflicto fue el permanente incumplimiento por parte del empresario de temas relacionados con el empleo y las condiciones laborales en la fábrica (jornada, pluses, prevención de riesgos laborales, etc.)
Estos incumplimientos fueron combatidos desde el Comité de Empresa, con mayoría de CC.OO., tanto con la negociación como con la presión. Se trabajó por nuestra parte sobre las garantías de empleo que afectaban tanto a los trabajadores eventuales y temporales propios de la empresa como a los puestos a disposición de la misma por ETT’s.
Se establecieron las correspondientes reclamaciones ante el Centro de Prevención, así como denuncias ante la Inspección de Trabajo que fueron dando, una tras otra, la razón al Sindicato, aunque cabe reseñar una actitud poco contundente de la autoridad laboral con respecto a la Empresa. Esta actividad sindical fue aumentando y consolidando nuestra presencia en la empresa y la afiliación a CC.OO.
La respuesta del empresario no se hizo esperar, y comenzó una persecución de los miembros del Comité de Empresa, basada en expedientes disciplinarios y sanciones; continuó con el despido o la no renovación de los contratos del núcleo de trabajadores que con más fuerza apoyaban las posiciones del Comité de Empresa y, por último, concluyó con el despido de cuatro miembros del Comité de Empresa, pertenecientes a CC.OO.
Se celebraron asambleas de trabajadores que dieron el respaldo mayoritario a las propuestas del Comité de Empresa. Se inició, en primer lugar, una serie de paros parciales y, con posterioridad se efectuaron paros de 24 horas durante varias semanas.
En dichos conflictos, sin embargo se han exagerado las medidas empresariales e incluso policiales contra la actividad sindical, utilizando para ello las relaciones personales e influencias del empresario, elemento este que hoy tiene consecuencias que para nada se corresponden con los hechos ocurridos durante el desarrollo del conflicto; haciendo además que este Sindicato, sus representantes y los trabajadores tenga la sensación de que, mientras el empresario y la dirección de la empresa se mueven casi en el más absoluto desprecio a las normas laborales y salen prácticamente impune de dicha actitud, los trabajadores de la empresa y sus representantes, aquellos que se solidarizaron con ellos y los dirigentes sindicales de las diferentes estructuras son represaliados y criminalizados. Este hecho adquiere mucha más relevancia cuando se observa que las actitudes represivas del empresario son mucho menos castigadas y en algunos casos ni lo son.
Hoy, y a petición de la Fiscalía, está en juego una posible condena de tres años y medio de prisión para 11 compañeros por “delito contra los trabajadores” por aplicación del art. 315.3 del Código Penal.
A resultas de este conflicto laboral se han –o están- sustanciando diferentes actuaciones judiciales: laborales, civiles y penales y se ha vuelto a plantear, sin escrúpulo alguno por parte de las Administraciones y Poderes Públicos responsables, un nuevo intento de criminalización de la Acción Sindical y de la respuesta movilizadora de los trabajadores y trabajadoras ante la pérdida o el deterioro de su empleo.
Extruperfil es un caso paradigmático para definir esta actuación. Nos encontramos con un empresario y una empresa que sistemáticamente incumplen los acuerdos del Convenio Sectorial que regulan la relación laboral en el ámbito de la provincia de Sevilla; que incumplen los propios acuerdos alcanzados con el Sindicato ante la Autoridad Laboral y que reprimen y despiden a los representantes legalmente elegidos por los trabajadores. Igualmente, utilizan toda su capacidad de influencia en los ámbitos políticos local, provincial y regional para desarrollar y afianzar su estrategia de represión y de precarización del empleo.
En el caso de Extruperfil que hoy nos ocupa, la denuncia efectuada contra sindicalistas y trabajadores fue resuelta por las Fuerzas de Orden Público, como una simple falta administrativa que se convirtió, por la mera presión del empresario y el nulo sentido social de la Delegación del Gobierno en Andalucía, en un asunto penal que amenaza, de nuevo, con constreñir los legítimos derechos de representación y defensa de los trabajadores planteando, desde la Fiscalía, una petición de 3 años y medio de prisión para cada uno de los 11 imputados en el caso (Responsables de estructuras sindicales, miembros del Comité de Empresa y afiliados de base de nuestro Sindicato).
Por todo ello, desde el Consejo Confederal de CC.OO., máximo Órgano entre Congresos, manifestamos nuestro compromiso solidario a través de la participación en las actuaciones que impulsen, tanto los trabajadores de Extruperfil como el Sindicato, en su lucha contra esta medida injusta y exigimos a las diferentes Administraciones y Poderes Públicos que:
* Se ponga fin al intento permanente, realizado desde las mismas, de criminalizar la Acción Sindical surgida de la movilización de los trabajadores y trabajadoras en defensa de sus empleos.
* Se inste, desde el Ministerio de Administraciones Públicas a que, por parte de la Delegación del Gobierno en Andalucía, se paralicen de inmediato todas aquellas actuaciones administrativas que pudieran tener relación con este caso. Del mismo modo, exigir al Fiscal General del Estado para que, en coordinación con la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía adopte las medidas oportunas destinadas a la inmediata retirada de la petición efectuada por la Fiscalía actuante en el mismo.
* Se acabe con el uso de las figuras “delictivas” para reprimir la defensa del empleo y sus condiciones; ajustándose así a la verdadera realidad social y laboral que viven Sevilla, Andalucía y, en general, el Estado. Al tiempo exigimos una interpretación de los tipos penales conforme a los derechos fundamentales afectados que hay que proteger, eliminando el uso indiscriminado de las figuras del delito de “atentado a las Fuerzas de Orden Público” por su simple actuación en una Manifestación; así como de la establecida como “delito contra los trabajadores” por la acción desarrollada por los piquetes informativos; consiguiendo, así, desterrar para siempre de la realidad laboral sevillana, andaluza y española, el uso indiscriminado de estas figuras que actúan como un arma arrojadiza contra el Movimiento Sindical.
Este Consejo acuerda que esta Resolución, aprobada por unanimidad del órgano, sea hecha pública y remitir la misma a las Instituciones que han intervenido de una u otra forma en el conflicto, a las organizaciones empresariales y a los trabajadores y trabajadoras en general.
Sevilla, 27 de marzo de 2007






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